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Consejo Nacional de Contralores respalda gestión de Contraloría Municipal de Ibagué


 

El Consejo Nacional de Contralores se permite dar a conocer a la opinión pública que en la sesión extraordinaria realizada en la ciudad de Bogotá el día ocho (8) de octubre de 2012, se brinda el apoyo irrestricto y el respaldo a la gestión que viene adelantando la Contraloría Municipal de Ibagué.
Que conforme a las normas atinentes para liquidación del presupuesto de los órganos de control, es necesario atender a las disposiciones vigentes como es la Ley 1416 de noviembre 24 de 2010 “Por medio de la cual se fortalece al ejercicio del control fiscal”, a través de los ajustes normativos dirigidos a aumentar los aportes presupuestales para el funcionamiento de los órganos de control.
Cualquier inobservancia a la normativa aplicable para el cálculo del presupuesto de funcionamiento del órgano de control, como es el caso que le acontece actualmente a la Contraloría Municipal de Ibagué constituye, además de grave afrenta al ordenamiento jurídico, un atentado contra la autonomía presupuestal de los órganos de control, en cuanto la misma implica que los recursos asignados para los gastos de funcionamiento de las contralorías, se deben administrar sin ninguna injerencia extraña y que cualquier tipo de decisión administrativa por parte del ejecutivo tendiente a disminuir el presupuesto de ésta, iría en contravía del objetivo y espíritu del legislador al expedir la Ley 1416 de 2010, Decreto Ley 111 de 1996, Ley 42 de 1993 y del Constituyente como se dispone en el artículo 267 de la Constitución Política.
De esta manera, actuaciones administrativas como las proferidas por la Administración Municipal ante la Contraloría Municipal de Ibagué constituyen debilitamiento de la función que por mandato constitucional le compete a los órganos de control, cual es la de ejercer la vigilancia de la gestión fiscal de la administración, motivo por el cual manifestamos nuestro rechazo por parte del Consejo Nacional de Contralores, de este tipo de prácticas que constituyen una clara vía de hecho y vulneración del ordenamiento jurídico vigente.


 

GILBERTO HERNÁN ZAPATA BONILLA
Presidente Colegiado
LINDON ALBERTO CHAVARRIAGA
Presidente Colegiado
LUIS CARLOS PERTUZ
Presidente Colegiado
NESTOR LEONARDO RICO RICO
Presidente Colegiado
PATRICIA RODRÍGUEZ AYALA
Vicepresidente
EDIER ORLANDO BOLAÑOS HOYOS
Secretario
DUMER CIFUENTES
Secretario Suplente
LEONARDO FABIO GOMEZ GIRALDO
Tesorero
LUIS FERNANDO ZULUAGA GUTIERREZ
Vocal
ADOLFO WEYBAR SINISTERRA BONILLA
Vocal
OSCAR PARDO RAMOS
Fiscal

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